martes, 3 de febrero de 2015

Cecodap: "El pasaporte para los niños, niñas y adolescentes debe ser gratuito”

Cecodap solicita al TSJ la suspensión de tasas para la expedición y renovación
de pasaportes para los niños, niñas y adolescentes.

El 29 de enero de 2015 Cecodap presentó ante la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia un recurso de colisión de normas por el pago de tasas para la expedición y renovación de pasaportes para los niños, niñas y adolescentes, en virtud de del conflicto planteado por   disposiciones legales distintas que intentan regular  este trámite: Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes (LOPNNA)  y   Ley de Timbre Fiscal.
 Con la entrada en vigencia del Decreto con rango, valor y fuerza de Ley de Timbre Fiscal (Gaceta Oficial 6.150 del  18 de noviembre de 2014) se eliminó la exención del pago de las tasas a niños, niñas y adolescentes por concepto de tramitación y emisión del pasaporte ordinario, siendo obligatorio el pago de 12 Unidades Tributarias, equivalentes a Bs.1.524,00.
El pago de esta tasa vulnera el principio de gratuidad reconocido en el artículo 9 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes (LOPNNA), que establece que toda solicitud o trámite relacionado con niños, niñas y adolescentes debe ser gratuito, y los funcionarios públicos no pueden cobrar emolumento, derecho alguno, ni aceptar remuneración.
 El principio de gratuidad constituye uno de los elementos más innovadores incorporados en la LOPNNA que tuvo como propósito superar cualquier obstáculo de tipo económico que pueda limitar o restringir el ejercicio pleno y efectivo de los derechos de los niños, niñas y adolescentes. Este principio no constituye una dádiva o concesión que otorga el Estado, es un derecho adquirido que debe ser respetado y no puede ser desconocido, desmejorado o limitado por las autoridades. Es importante resaltar que la Ley de Timbre Fiscal constituye una ley de una menor jerarquía en relación a la LOPNNA por lo que no puede contradecir sus disposiciones.

Asimismo, Cecodap solicito a la Sala Constitucional dos medidas cautelares:

1.       Se suspenda el pago de tasas o cualquier otro derecho para la expedición y renovación de pasaportes ordinarios para todos los niños, niñas y adolescentes en todo el territorio nacional.
2.       Se ordene al Servicio Administrativo de Identificación, Migración y Extranjería (SAIME) la continuidad del servicio de expedición y renovación de pasaportes a niños, niñas y adolescentes en todo el territorio nacional, y por tanto, garantice todos los mecanismos tecnológicos, humanos y materiales que aseguren la no suspensión, retardo o dilación del servicio.
 Es una obligación del Estado adoptar todas las medidas institucionales, económicas y de cualquier naturaleza que garanticen el acceso oportuno y gratuito de los pasaportes a todos los niños, niñas y adolescentes.
 Para mayor información pueden llamar al (0212) 952.62.69

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